El 1 de enero de 2014 entró en vigor el Real Decreto 895/2013, que obliga a los establecimientos de hostelería y cáterin a presentar a los clientes en las salas los aceites de oliva en envases con sistemas que impidan el rellenado o que pierdan su integridad una vez abiertos, así como debidamente etiquetados. Eso excluye el uso de las tradicionales aceiteras. Una medida en la que España no está sola, ya que en Italia y Portugal hay legislaciones similares.
Pero, ¿cuáles eran y siguen siendo sus objetivos?
- Ante todo, proteger los derechos del consumidor que, por primera vez, tiene la garantía de saber lo que consume. Logra así plenas garantías.
- Las propiedades de los aceites de oliva y su calidad llegan intactas al consumidor. También busca mostrar de forma clara y directa toda la información referente al producto, de manera que el consumidor lo conozca al detalle.
- De paso, el local de hostelería logra una mejor presentación del producto, huyendo de envases sucios. De paso, ofrece un mejor servicio y de mayor calidad al consumidor.
Por tanto, lo que se busca conseguir es la excelencia, ofreciendo al cliente un producto fiel al que se ofrece, y siempre con la máxima calidad posible.
Tras su puesta en marcha, las aceiteras rellenables en restaurantes y demás establecimientos debían desaparecer por completo. En su lugar, se tuvieron que emplear otros formatos entre los que se encuentran:
- Por un lado, recipientes de un solo uso (monodosis), que no puedan volver a usarse tras haberse abierto, y en los que en el etiquetado se indiquen los datos sobre el origen, la calidad y la fecha de envasado del producto entre otros.
- Por otro lado, otros sistemas que, aunque puedan ser usados por más de un cliente, no se puedan rellenar al acabarse y mantengan así intactas todas las propiedades del aceite de oliva en cuestión.
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